La Ordenacion y Proteccion del Paisaje |
(1846) |
PALABRAS CLAVÉ: PORN, PRUG, PARQUES NATURALES. |
La conservación y protección de los paisajes españoles es una de las tares más importantes a realizar por los organismos públicos y las distintas administraciones, que cumplen una determinada función en el área de medio ambiente. |
EL MEDIO NATURAL Y SU PROTECCIÓN.
Las diversas actividades humanas que se desarrollan en estos espacios han obligado a los poderes públicos a legislar estos espacios con distintas figuras de protección.
Imagen de Luis Sebastián, para Ibérica 2000...
En el presente artículo se establecen las principales figuras legales y normativas que afecta a los espacios naturales del territorio español.
Las acciones del hombre sobre el medio en la mayoría de las ocasiones no son positivas lo que ha ocasionado que para la naturaleza sea una de las grandes amenazas.
Durante los últimos años se ha intentado a través de la concienciación ecológica la valoración del paisaje no solo como elemento de recursos sino también como lugar de vida y de importante elemento en las relaciones del hombre con la naturaleza.
La combinación de uso y conservación plantea un problema desde las primeras revoluciones industriales.
En este sentido se han aplicado diferentes figuras legislativas para su ordenación y protección, que para tener un poco mas cerca en el espacio se ha decidido estudiar el caso español.
La geografía en la planificación del medio-físico el objetivo es el medio natural en el cual el medio físico no se considera un elemento de explotación sino se le aplica un carácter de preservar y conservarlo. La valoración de los espacios naturales como elemento a conservar es reciente (en 1872 el primer parque natural protegido es en Yellowstone, Estados Unidos).
En el caso de nuestro país existen diferentes referencias normativas de protección del paisaje, están se agrupan en:
Marcos Fernández, Iván (2004): La Ordenación y Protección del Paisaje.
1- LEY DE ESPACIOS NATURALES PROTEGIDOS-PROTECCION DE ANIMALES Y PLANTAS (Ley 27 de marzo 1989) -Directrices de Ordenación de los Recursos Naturales -Planes de Ordenación de Recursos Naturales -Planes Rectores de Uso y Gestión -Red de Espacios Naturales Protegidos -Zonas Periféricas de Protección -Áreas de Influencia Socioeconómica
2- EVALUACION DE IMPACTOS AMBIENTALES. -Directiva Comunitaria de 27 de Junio 1985 -Reglamento (R. D 1988) -Nueva Directiva Comunitaria de marzo de 1997
3- NORMAS SECTORIALES. -Ley del Suelo -Ley de Caza -Ley de Aguas -Ley de Montes -Ley de Costas
4- LEGISLACION AUTONOMICA.
La Ley 27 de marzo de 1989 que sustituye a la del año 1975 intenta una harmonización de los recursos naturales con las explotaciones que se producen en el mismo. La ampliación respecto a la anterior ley en lo que se refiere al marco jurídico de conservación es otra de las novedades de la actual.
Las figuras dentro de esta ley son las siguientes:
PORN (Planes de Ordenación de los Recursos Naturales) que están realizados por las comunidades autónomas conforme a las DORNTS (Directrices para la Ordenación de Recursos Naturales).
Los PORN diferencian las siguientes categorías de protección de los paisajes naturales: -Parques -Reserva Natural -Monumentos Naturales -Paisajes Protegidos
Marcos Fernández, Iván (2004): La Ordenación y Protección del Paisaje.
Los Parques son la figura de máxima protección. Afecta a zonas poco o nada transformadas por la ocupación humana. Merece atención preferente por la belleza del paisaje, singularidad de flora y fauna, rareza y valores científicos.
Las Reservas Naturales, es el objeto de protección que forman comunidades concretas o elementos biológicos o ecosistemas siempre y cuando sean rarezas, debilidad, singularidad. Los límites de explotación serán aquellos que obliguen la conservación de la especie. Los Monumentos Naturales son los espacios de notoria belleza o rareza (yacimientos paleontológicos). Por ultimo los Paisajes Protegidos son los lugares muy concretos del medio natural que por sus valores estéticos o culturales merecen una protección especial.
Otras figuras de protección son: ZPP (Zonas Periféricas de Protección), que están integradas por el espacio que se delimita con regulación de uso y que están destinadas a impedir los impactos paisajísticos del exterior.
AIS (Área de Influencia Socioeconómica), integradas por todos los términos municipales que integran el paisaje natural protegido y se le añaden los términos que integran la ZPP.
PRUGS (Planes Rectores de Uso y Gestión), son los documentos o los planes de ejecución. Prevalece sobre el planeamiento urbanístico.
El espacio protegido se zonifica en 4 zonas:
1. Zonas de reserva. -Recursos únicos, raros, amenazados o frágiles. -Excluido de uso publico. -Solo accede el personal del parque o el personal acreditado.
2. Zona de uso restringido. - Poco o nada intervenidos por el hombre, se facilita el contacto con él público pero a pie y con circuito planificado. - Cualquier territorio que no este incluido en la categoría de zona de reserva u otra especificada se encontrara en esta.
3. Uso moderado. - El objetivo es facilitar las actividades de disfrute e interpretación del ámbito natural. - Se permite la aplicación de pequeñas edificaciones, transito rodado y caballería a los gestores del parque.
Marcos Fernández, Iván (2004): La Ordenación y Protección del Paisaje.
4. Uso especial. - Los espacios concretos con edificaciones destinadas a uso publico y agentes del parque (aula de naturaleza, aparcamiento).
Tabla 1. Instrumentos de los Espacios Naturales Protegidos.
RESERVA NATURAL PLANES DIRECTORES MONUMENTOS NATURALES NORMAS DE CONSERVACIÓN PAISAJES PROTEGIDOS PLANES ESPECIALES DE PROTECCIÓN PAISAJISTICA PARQUES NATURALES PRUGS
Fuente: Elaboración propia sobre datos de Mulero Mendigorri A. (2002): “La Protección de Espacios Naturales en España”. Mundi-Prensa, Madrid.
En la rica y variada biogeografía española existen un considerable número de territorios afectados por esta protección.
Tabla 2. Protección de Espacios Naturales en España (2003).
Figura de Protección Numero Ámbito Parque Nacional 13 Nacional Reserva Natural Nacional Monumento Natural Nacional Paisaje Protegido 8 Nacional Parque Natural 8 CC.AA. Parque Regional 3 CC.AA. Parque Periurbano 1 CC.AA. Parque Rural 3 Reserva Natural 3 Reserva Natural Concertada 1 Reserva Natural Dirigida Reserva Natural Parcial 2 Reserva Natural Integral 4 Reserva Natural Especial 1 Reserva Natural de Fauna Salvaje 1 Reserva Submarina (Natural) 2 Paraje Natural 2 Espacio Natural Protegido 3 Microrreserva Vegetal 1 Paisaje Pintoresco 1 Zona Especial de Conservación 1
Fuente: Elaboración propia sobre datos de Mulero Mendigorri, A. (2002): “La Protección de Espacios Naturales en España”.Mundi-Prensa, Madrid.
Por ultimo en palabras del profesor Miguel Ángel Trotino, señala diferentes causas el fracaso en ocasiones de la protección y ordenación del paisaje, estas son: - Gran respuesta de la sociedad local ante los instrumentos de planificación medioambiental. - Mayor contestación local ante la creación de nuevos espacios protegidos. - Colectivos de muy diversa ideología e intereses (constructores, población, pastores). - Fuerte oposición a la proliferación de limitaciones y prohibiciones. - Falta de información y participación de la ciudadanía. - Mayor concreción de ayudas y compensaciones por parte de la administración. - Difícil adaptación del sector agropecuario. - Miedo a las expropiaciones y actividades discrecionales de la administración.
Referencias bibliograficas: * Mulero Mendigorri, A. (2002): “La Protección de Espacios Naturales en España”.Mundi-Prensa, Madrid. Gómez Orea, D (2002): “Ordenación del Territorio”, Mundi-Prensa, Madrid.
Para más información, contactar con: ivanmarc@mi.madritel.es
Más información relacionada, en Ibérica 2000...: * No a la Industrialización de nuestras Montañas * Energía Eólica, Plan Eólico Valenciano y Paisaje * Lo que le espera a España, con la eólica...
Insertado
por: IVAN MARCOS FERNANDEZ (17/10/2004) |
Fuente/Autor:
Iván Marcos Fernández. |
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