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Juicio por delito ecológico por atentar contra la salud y el medio ambiente

(3153)

EN NAVARRA. ESPAÑA.
Juicio que juzga a la empresa que ha cometido estos hechos, pero se derivan graves responsabilidades por parte de los responsables políticos y de funcionarios del Departamento de Medio del Gobierno de Navarra que conocedores de estos graves delitos contra el medio ambiente y la salud de las personas, no han hecho absolutamente nada evitarlos, remediarlos y perseguirlos.

Pamplona, 15 de septiembre de 2006
Segundo juicio por delito ecológico en Navarra por atentar contra la salud y el medio ambiente.

Tras las denuncias presentadas por Gurelur y el Seprona, el próximo lunes, día 18, a las 10:30 horas, se va a celebrar un juicio por delito ecológico para exigir la responsabilidad por las actividades ilegales de vertidos realizadas por la Papelera de Sangüesa. Este juicio es el segundo que se va a celebrar en nuestra Comunidad por atentar contra el Medio Ambiente y la salud de las personas.


El motivo por el que se va a celebrar este juicio es el ilegal y continuado abandono de todos los residuos tóxicos y peligrosos que esta empresa ha realizado desde que comenzó su actividad industrial. Todos estos residuos los ha ido vertiendo esta empresa, sin tratamiento alguno, en unos terrenos altamente permeables dentro de la propia empresa.

Los residuos tóxicos generados o utilizados por esta empresa son principalmente fenoles, aceites minerales y azufre. Estos contaminantes residuos van a parar a las aguas del río Aragón por escorrentía y por desbordamiento de las balsas donde los vierten sin control alguno.

Estos delictivos vertidos se siguen produciendo a día de hoy y, al igual que en las fechas en las que el Seprona realizó las muestras del río Aragón, la calidad de las aguas cae en picado a consecuencia de los productos contaminantes.

Los hechos citados, que conculcan todas y cada una de las leyes y decretos relacionados con el tratamiento de los residuos tóxicos y peligrosos, están reconocidos por el código penal como delito ecológico, motivo por el cual se celebra este juicio.

La gravedad de los suelos contaminados por residuos tóxicos en Navarra, entre los que se incluyen los suelos de la Papelera de Navarra de Sangüesa, motivan la firma de un convenio de colaboración por parte del Gobierno de Navarra con el Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente sobre actuaciones para la recuperación de suelos contaminados cuyo Plan Nacional (1995-2005), financiado por la Unión Europea, fue aprobado por el Consejo de Ministros el 17 de febrero del año 1995, y en él se destinan fondos para la descontaminación de estos suelos, exigiendo además la responsabilidad de los responsables de estas contaminaciones. En dicho Plan Nacional de Residuos se destinaron 286 millones de pesetas para recuperar los suelos contaminados por Papelera de Navarra en Sangüesa.

Queda claro, por la celebración de este juicio, que esta descontaminación no ha tenido lugar. ¿Qué ha pasado con ese dinero, se cobró y no se realizó la actuación de descontaminación, o se perdió y se desaprovechó la oportunidad de limpiar el suelo por culpa de un Departamento de Medio Ambiente que no quería poner fin a este suceso y aceptar su parte de responsabilidad?.

Para conocer cuál ha sido el destino de estos fondos, Gurelur va a solicitar al Ministerio de Medio Ambiente, al Fiscal de Medio Ambiente, al Defensor del Pueblo y a las Autoridades Europeas (OLAF) información sobre qué ha pasado con los fondos y a qué se han destinado, con la advertencia al Ministerio de que existe algún exfuncionario del Gobierno de Navarra que en la actualidad trabaja allí.

Gurelur va a denunciar las graves implicaciones de los responsables del Departamento de Medio Ambiente en este tema.

En este tema, como en el resto de los suelos contaminados por residuos peligrosos en Navarra, se ha demostrado que el Departamento de Medio Ambiente del Gobierno de Navarra ha actuado de forma negligente e ilegal, ocultando la comisión de este delito y no haciendo absolutamente nada para evitarlo. Valga como ejemplo el que la Comunidad Europea incluya en el listado de residuos peligrosos los resultantes de la producción de pasta de papel y el Gobierno de Navarra no incluya estos residuos en el Plan Gestor de Residuos Especiales.

Resulta incomprensible que, a pesar de que el 25% de los residuos tóxicos y peligrosos que se producen en España sean del sector del papel, el Departamento de Medio Ambiente no haya controlado a la papelera investigada, cuando la misma no le entregaba copia del documento de control y seguimiento necesario para entregar los residuos peligrosos a un gestor. Si no llegan dichos documentos se debe de inspeccionar la empresa para comprobar qué hacen con los residuos, pero esto nunca llegó a suceder, por lo el almacenamiento de residuos peligrosos en terrenos de la papelera es descomunal.

Aunque en el juicio inicialmente se juzga a la empresa que ha cometido estos hechos, de ellos se derivan graves responsabilidades por parte de los responsables políticos y de funcionarios del Departamento de Medio del Gobierno de Navarra que conocedores de estos graves delitos contra el medio ambiente y la salud de las personas no han hecho absolutamente nada evitarlos, remediarlos y perseguirlos.

El primero de estos juicios se celebró contra la empresa Fagor-Luzuriaga de Tafalla, juicio en el que el Departamento de Medio Ambiente del Gobierno de Navarra apoyó vergonzosamente a la empresa negando la existencia de la actividad denunciada y poniendo en tela de juicio la veracidad de las informaciones suministradas tanto por el Seprona como por un instituto de análisis independiente. Esperemos que en este segundo juicio el Departamento de Medio Ambiente no actúe de la misma forma, reconozca la comisión de un delito por parte de la Papelera de Navarra y de una dejación de responsabilidades por parte de este Departamento al dejar de perseguir un delito que sabían que se estaba cometiendo ya desde el año 1995.

Para depurar las responsabilidades legales en las que han incurrido todos y cada uno de los cargos políticos y funcionarios que teniendo conocimiento y responsabilidades en los hechos denunciados no han actuado, GURELUR va a presentar una denuncia ante el Juzgado y ante el Fiscal de Medio Ambiente.

A juicio de GURELUR los políticos y funcionarios implicados han incurrido en un delito recogido en el artículo 408, del Capítulo segundo, del abandono de destino y de la omisión del deber de perseguir delitos, del Código Penal que dice “La autoridad o funcionario que, faltando a la obligación de su cargo, dejare intencionadamente de promover la persecución de los delitos de que tenga noticia o de sus responsables, incurrirá en la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de seis meses a dos años”.

También han incurrido en el delito recogido en el artículo 404, del Capítulo Primero, de la prevaricación de los funcionarios públicos y otros comportamientos injustos, del Código Penal, que dice “ A la autoridad o funcionario público que, a sabiendas de su injusticia, dictare una resolución arbitraria en un asunto administrativo se le castigará con la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de siete a diez años”, ya que han permitido el vertido incontrolado de residuos peligrosos a sabiendas de que ello supone una conculcación de todas las leyes que regulan el tratamiento de residuos tóxicos y peligrosos.

GURELUR
C/ Manuel de Falla, 8 - 31005 PAMPLONA-IRUÑA
Telf. 948 15 10 77.
gurelur@bme.es
www.gurelur.org


* A toda la información alojada y enlazada desde Ibérica 2000, sobre la "Salud Ambiental de Navarra"... (A numerosos artículos...)

* A toda la trama de corrupción sobre el vertedero irregular que atenta contra la salud pública en la Comarca de Orihuela - Murcia... (A numerosos artículos...)

Insertado por: elenafernandez (25/09/2006)
Fuente/Autor: Gurelur.org
 

          


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