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GRAVES IMPACTOS DE LIXIVIADOS A LAS AGUAS SUBTERRÁNEAS DE ORIHUELA
La Confederación Hidrográfica del Segura no estudia dichos impactos...

La coordinadora de asociaciones «La Vega Baja no se Vende» denunció ayer "pasividad" y falta de investigación por parte de la Confederación Hidrográfica del Segura (CHS) para comprobar si el vertedero de Abanilla-La Murada, propiedad del empresario Ángel Fenoll, produce lixiviados que puedan estar afectando a los cauces y acuíferos del entorno de la planta así como al Canal de Taibilla y del Canal del Trasvase Tajo-Segura.

Información alojada y relacionada, desde Ibérica 2000...:
* Detenido y puesto en libertad, el empresario que sigue enterrando las basuras a la Diputación de Valencia (Enlaces...)
* Basuras procedentes de Barcelona, se entierran en Alicante.
* Asojoven insta a la ministra Cristina Narbona, a que investigue el vertedero en la Murada
* Situación Ambiental de la Cuenca Hidrográfica del Segura
* Cuenca del Segura, río muerto - tierras muertas...
* El Defensor del Pueblo pide al gobierno de Murcia datos del vertedero de La Murada

(imagen omitida)


* Imagen extraída de... (Enlace...)
¿Por qué la hermana de Zaplana estuvo en nómina de este vertedero, y según sus “compañeros”, sólo se presentaba a cobrar la nómina?
Durante años, Fenoll, un empresario de Orihuela afín al PP, ha ido grabando todas las conversaciones comprometidas que mantenía con sus mentores políticos y justo ahora -en pleno auge de la corrupción inmobiliaria- las está sacando poco a poco, dejando al descubierto que lo sucedido en Marbella no es más que la versión glamourosa de un sistema muy extendido de corrupción en el que, bajo distintos nombres, se repiten idénticos personajes: el político que se vende a cambio de maletines, el especulador que paga a precio de oro la recalificación de sus terrenos, el constructor que soborna a quien aumente el volumen de edificación, el funcionario que avala con su firma todas esas prácticas fraudulentas... Al sentirse abandonado por los dirigentes del PP, para quienes en el pasado compró votos y hasta falsificó facturas, Fenoll está lanzando con mucha precisión toda la basura que ha venido grabando durante años. Es su manera de blindarse, de sentirse más seguro.


Un été torride sur la Costa Blanca (Benidorm) (II Parte)

"La otra cara NO ECOLÓGICA de lo que le esconden al turista,
y que desconoce el que vive todo el año"
(En francés...)



* La I Parte del vídeo... (Enlaces...)
* La III Parte del vídeo...


Publicado en el Periódico INFORMACIÓN
19-7-2007 - ORIHUELA. (Alicante)

Acusan a la Confederación hidrográfica del Segura de no abordar si la planta de Angel Fenoll contamina los acuíferos. Un informe del Área de Calidad dice que no hay constancia de lixiviados que afecten al canal del trasvase.
S.LL.
La coordinadora de asociaciones «La Vega Baja no se Vende» denunció ayer "pasividad" y falta de investigación por parte de la Confederación Hidrográfica del Segura (CHS) para comprobar si el vertedero de Abanilla-La Murada, propiedad del empresario Ángel Fenoll, produce lixiviados que puedan estar afectando a los cauces y acuíferos del entorno de la planta así como al Canal de Taibilla y del Canal del Trasvase Tajo-Segura.

Tras la denuncia de la Coordinadora pidiendo a la Confederación que investigara posibles afecciones a las aguas del entorno del vertedero, el Área de Calidad de la CHS ha emitido un informe en el que indica que no tiene constancia de contaminación del trasvase Tajo-Segura, y señala que respecto al Canal del Taibilla y otros acuíferos, es la administración autonómica quien debe determinar si existe.

Asimismo, indica que es la Generalitat la que deberá pronunciarse sobre la impermeabilización de los vasos o posibles flujos de lixiviados. Según el portavoz de la Coordinadora, Miguel Ángel Pavón, «el informe de la CHS es decepcionante, pues se desentiende de nuestra denuncia, no investiga ninguna de las cuestiones que planteamos e insiste en que el organismo competente es la administración autonómica, cuando la CHS tiene como competencia garantizar la calidad de las aguas en el ámbito de cuenca». « Es la misma actitud pasiva del Consell y del Consistorio oriolano», dijo Pavón.

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE - CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL SEGURA - COMISARÍA DE AGUAS.

OFICIO

DESTINATARIO: MIGUEL ÁNGEL PAVÓN GARCÍA
COORDINADORA LA VEGA BAJA NO SE VENDE
FECHA 15-6-07
ASUNTO: REMISIÓN INFORME SOBRE FUNCIONAMIENTO IRREGULAR VERTEDERO PROAMBIENTE.

Adjunto se le remite el informe dado por el Área de Calidad de las Aguas de este Organismo sobre el asunto arriba referenciado

EL COMISARIO DE AGUAS
Manuel Aldeguer Sánchez

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE
CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL SEGURA

COMISARÍA DE AGUAS
ÁREA DE CALIDAD DE AGUAS, GESTIÓN MEDIOAMBIENTAL E HIDROLOGÍA

NOTA INTERIOR

FECHA 4 de junio de 2007
ASUNTO: Informe sobre denuncia por vertedero
DESTINATARIO: Área de régimen de usuarios

Vista su petición de informe de 21/05/2007 relativa a las denuncias formuladas por los representantes de las asociaciones integradas en la Coordinadora "La vega baja no se vende", se informa sobre las cuestiones planteadas en dichos escritos:

1. El grado de impermeabilización de los vasos de vertido del vertedero en los términos municipales de Abanilla y Orihuela.

La impermeabilidad de los vertederos queda garantizada por el cumplimiento del Real Decreto 1481/2001, de 27 de diciembre, por el que se regula la eliminación de residuos mediante el depósito en vertedero (incorpora al ordenamiento interno la Directiva 1999/31/CE, del Consejo, de 26 de abril, relativa al vertido de residuos). Dicho Real Decreto, en su Anexo I, establece los requisitos que han de cumplir los vertederos (en función de su clase) para evitar la contaminación de las aguas continentales. Concretamente, en el apartado 3.1 del Anexo I se indica que "La protección del suelo, de las aguas subterráneas y de las aguas superficiales durante la fase activa o de explotación del vertedero se conseguirá mediante la combinación de una barrera geológica y de un revestimiento artificial estanco bajo la masa de residuos". Los criterios técnicos para ambos (barrera geológica y revestimiento) se señalan en el punto 3.2 del citado Anexo.

La administración encargada de vigilar el cumplimiento de las prescripciones técnicas establecidas en el citado Real Decreto 1481/2001 es la autonómica. Ello es así en virtud de lo establecido en el artículo 4.2 de la Ley 10/1998, e 21 de abril, de Residuos, que atribuye a las Comunidades Autónomas la competencia en la elaboración de los planes autonómicos de residuos y la autorización, vigilancia, inspección y sanción de las actividades de producción y gestión de residuos. Por ello, debe ser dicha administración la que informe sobre el grado de impermeabilización de los vasos del vertedero, que han de cumplir, como mínimo, los requisitos indicados en la normativa vigente. No puede este Organismo ejercer las competencias que tiene asignada la administración autonómica, y no se presentan pruebas que sostengan la afirmación de que los vasos de vertido tienen una deficiente impermeabilización.

Cabe añadir a lo anterior que el vertedero de Abanilla está seguramente encuadrado en el ámbito de aplicacion de la Ley 16/2002, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación (actividad del apartado 5.4 del Anejo I) y requeriría por tanto la autorización ambiental integrada que otorga la autoridad ambiental, sin perjuicio del informe preceptivo y vinculante que por parte de este Organismo se emita, si procede, al amparo del artículo 19 de dicha Ley.

Respecto a la posibilidad e que el vertedero se extienda sobre los términos municipales de las CC.AA. Valenciana y de la Región de Murcia la cuestión debe ser planteada ante las respectivas administraciones autonómicas y/o locales, que son las que han de conceder las oportunas licencias.

2. Si existen flujos incontrolados de lixiviados procedentes de los vasos de vertido.

El titular de la explotación debe adoptar las medidas de control de aguas y gestión de lixiviados previstas en el apartado 2 del Anexo I del Real Decreto 1481/2001. El cumplimiento de tales medidas debe a su vez ser controlado por la administración autonómica.

Asimismo, el control que debe hacer la entidad explotadora (artículo 13) sobre las instalaciones del vertedero ha de realizarse conforme a lo establecido en el Anexo III, es la mejor garantía de la seguridad de este tipo de instalaciones. Por ejemplo, para el caso de los lixiviados generados, se contempla (apartado 3 del Anexo III) la recogida de muestras de lixiviados y aguas superficiales, si las hay, en puntos representativos. Tanto el volumen como la composición de os lixiviados generados debe determinarse con la frecuencia indicada en la norma.

También contempla la norma medidas para detectar fallos en la impermeabilización del vertedero (apartado 4 del Anexo III), mediante la instalación de sondeos (mínimo uno aguas arriba y dos aguas abajo) sobre los cuales se deben realizar tomas de muestras y análisis para detectar la posible presencia de contaminantes.

Con una frecuencia mínima anual la entidad explotadora debe informar a la administración autonómica. Este organismo no tiene constancia de la existencia de flujos incontrolados de lixiviados, ni por parte de la administración autonómica le ha sido comunicada ninguna irregularidad observada en la explotación del vertedero que pudiera ser causa de contaminación del dominio público hidráulico.

3. Si los lixiviados pueden estar contaminando los cauces, acuíferos y demás elementos dignos de proteción medioambiental en el entorno del vertedero.

Este Organismo no tiene constancia de la existencia de lixiviados incontrolados que hayan sido detectados por las medidas de control implantadas en el vertedero, ni la administración autonómica ha comunicado tal circunstancia.

4. Si puede existir una afección de dichos lixiviados sobre la planta potabilizadora de la Mancomunidad de los Canales del Taibilla, sobre el propio Canal del Taibilla o sobre el Canal del Trasvase Tajo-Segura.

Caso de existir lixiviados incontrolados, la afección sobre la planta potabilizadora de la Mancomunidad de los Canales del Taibilla o sobre el Canal de dicho Organismo serían detectados por la propia Mancomunidad. Dados los frecuentes y completos análisis que deben realizarse sobre las aguas destinadas a consumo humano, es de suponer que se habría detectado la presencia de sustancias contaminantes.

En cuanto a la posible afección al Canal del Trasvase Tajo-Segura, este Organismo no la ha detectado.

Por todo ello, se estima que no se han presentado hechos que deban ser objeto de sanción por este Organismo, sin perjuicio de que se remitan las denuncias a la administración autonómica para que investigue si se ha producido infracción en el ámbito de sus competencias.

El Jefe de Área de Calidad de Aguas, Gestión Medioambiental e Hidrología. Fdo: José Alemán Ferrán.
El Jefe del Servicio de Control de Calidad. Fdo: José Carlos González Martínez.


COORDINADORA LA VEGA BAJA NO SE VENDE
Nota de prensa 18-4-2007

LA VEGA BAJA NO SE VENDE DENUNCIA ANTE LA CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL SEGURA LA PRESUNTA SITUACIÓN IRREGULAR DEL VERTEDERO DE LA MURADA-ABANILLA.

La coordinadora LA VEGA BAJA NO SE VENDE, a través de varios de los colectivos que la integran, ha denunciado ante la Confederación Hidrográfica del Segura el presunto funcionamiento irregular del vertedero de la Murada-Abanilla, que la empresa PROAMBIENTE explota a caballo de dos autonomías (Comunidad Valenciana y Murcia) y de dos municipios (Orihuela y Abanilla) en el ámbito de la Confederación del Segura.

Por un lado, parte de dichas instalaciones se sitúan en término municipal de Orihuela (varios informes de la Policía Local y de la Policía Autonómica, así como varias sentencias judiciales, lo corroboran), sin que exista licencia alguna emitida ni por el Ayuntamiento de Orihuela ni por la Generalitat Valenciana que ampare el funcionamiento de dichas instalaciones en territorio de la Comunidad Valenciana.

Además los terrenos afectados por las instalaciones en término municipal de Orihuela se ubican sobre suelo no urbanizable de especial protección ligado al cercano Cerro del Agudo, un cerro que queremos destacar que forma parte de un Lugar de Importancia Comunitaria (LIC "Serra de Crevillent") propuesto ya en 1997 por la Generalitat a la Unión Europea para su integración en la Red Natura 2000, la futura red europea de espacios naturales. Los límites de dicho LIC, cuya extensión consideramos insuficiente (debería ampliarse notablemente, incluyendo también todos los terrenos que ocupa el vertedero en término de Orihuela), se sitúan prácticamente colindantes con el vertedero, un vertedero que está impactando negativamente sobre los valores naturales y paisajísticos del Agudo y su entorno.

Además, el vertedero no respeta la distancia mínima de 2.000 metros que en aplicación del reglamento de actividades molestas, insalubres y peligrosas, debería mantener respecto a núcleos de población (el núcleo de Los Vives se sitúa a escasos 800 metros).

Por otro lado, en el vertedero, situado íntegramente en el ámbito de la Confederación del Segura, debido a la más que probable deficiente impermeabilización de los vasos de vertido, pueden existir flujos incontrolados de lixiviados que pueden suponer la contaminación de acuíferos y aguas superficiales, así como la posibilidad de que esa afección pueda extenderse a la planta potabilizadora de la Mancomunidad del Taibilla, situada a 2.500 metros del vertedero, al propio Canal del Taibilla o incluso al Canal del Trasvase Tajo-Segura.

Señalamos en nuestra denuncia que el vertedero puede estar recibiendo más residuos de los que puede soportar, que con gran frecuencia no se separan los residuos para su reciclaje de modo que prácticamente todos los residuos acaban en vertedero, o que los residuos proceden no sólo de la comarca de la Vega Baja y de Murcia, sino también de otras comunidades autónomas e incluso de otros países europeos, sin que sepamos a ciencia cierta qué tipo de residuos se están vertiendo.

Por todo ello hemos solicitado a la Confederación que se investigue a la mayor brevedad:

1. El grado de impermeabilización de los vasos de vertido del vertedero tanto en término municipal de Abanilla como en término municipal de Orihuela.

2. Si existen flujos incontrolados de lixiviados procedentes de los vasos de vertido.

3. Si esos lixiviados pueden estar contaminando los cauces y acuíferos del entorno del vertedero.
4. Si puede existir una afección de dichos lixiviados sobre la planta potabilizadora de la Mancomunidad del Taibilla, sobre el propio Canal del Taibilla o sobre el Canal del Trasvase Tajo-Segura.

Miguel Ángel Pavón.
Portavoz de la Coordinadora LA VEGA BAJA NO SE VENDE

* A toda la información alojada y relacionada desde Ibérica 2000, con LAS BASURAS SIN TRATAR enterradas sin contron en el vertedero de La Murada en Abanilla. Orihuela (Alicante-Murcia)... (http://www.iberica2000.org/Es/Busquedas.asp?Palabra=orihuela) (A numerosos artículos...)

>> Autor: silvia3942 (24/07/2007)
>> Fuente: Coordinadora LA VEGA BAJA NO SE VENDE


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