Insertado por: pamelaamaya (08/01/2009)
Fuente/Autor: Recopilaciones para Ibérica 2000.
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Nota de prensa:
El Comtat, 5 de febrero de 2009.
* La Coordinadora acude nuevamente al Síndic de Greuges para denunciar que el Plan Eólico sigue adelante a pesar de haber prescrito.
La Coordinadora d´Estudis Eòlics del Comtat, junto con la Asociación para el Desarrollo Eólico Sostenible, ha presentado ante la Sindicatura de Greuges una nueva Queja contra la Consellería de Infraestructuras, por incumplimiento de la norma que establecía el 31 de diciembre de 2007 como fecha límite para la terminación de los parques eólicos. Cinco años después de presentadas las alegaciones, todavía no han sido contestadas.
Sólo en 14 de los 68 parques eólicos de la Comunitat presentaron prórrogas dentro del plazo.
Los derechos de las empresas han prescrito y en cumplimiento estricto de la ley ningún proyecto eólico podría ser llevado adelante en la provincia de Alicante y muy pocos en el resto de la Comunitat Valenciana.
La Coordinadora advierte de que el expediente relativo a los parques eólicos de diversas zonas eólicas ha caducado al prescribir los derechos que tenían sobre los mismos las empresas adjudicatarias, en cumplimiento de la Resolución de 25 de febrero de 2003 del conseller de Industria, Comercio y Energía, sobre convocatoria para el desarrollo y ejecución del Plan Eólico de la Comunidad Valenciana, donde se establece que “el plazo máximo para la finalización de la ejecución de la totalidad de los parques eólicos será el 31 de diciembre de 2007”.
La Resolución incumplida por Infraestructuras establece que en esa fecha, debería haber estado finalizada “la ejecución de la totalidad de los parques eólicos y actuaciones industriales y tecnológicas asociadas y de generación de empleo, previstas en los planes energéticos”. La Coordinadora d´Estudis Eòlics del Comtat ya venía advirtiendo de que el plazo había acabado el 31 de diciembre de 2007. Posteriormente el Sr. Conseller de Infraestructuras ha asegurado en Les Corts que sólo 14 parques eólicos disponían de prórroga. Después se ha comprobado que la ley impide conceder nuevas prórrogas cuando el plazo ya se ha extinguido. Ahora, en enero de 2009, un año después de la obligada prescripción, el Director General de Energía en el escrito de respuesta a las alegaciones presentadas a los proyectos eólicos de la zona 9, respondiendo a una alegación presentada sobre el tema de la prescripción, manifiesta que: “esta fecha, establecida como objetivo, no se ha cumplido debido a los plazos contemplados en la tramitación administrativa, que constituyen las circunstancias concurrentes que motivan que se contemple, de forma tácita, un plazo distinto”
La Coordinadora entiende que este concepto “de ampliación tácita de los plazos de ejecución” es inaplicable, ya que crea “inseguridad jurídica” e “indefensión” a todos los afectados por los proyectos de los parques eólicos y, en particular, a los miles de vecinos del Comtat que presentaron alegaciones contra el proyecto de los parques eólicos de las Sierras de Alfaro y Almudaina.
La Queja presentada ahora al Sindic de Greuges pretende que se compruebe si los derechos de los ciudadanos han sido vulnerados como consecuencia de la no aplicación del plazo de finalización de los parques y “se reconozca la prescripción extintiva de los derechos de las empresas adjudicatarias de las zonas eólicas 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14 y 15, al haber decaído los derechos derivados de la resolución 25 de febrero de 2003, y, en consecuencia, se suspenda el desarrollo del Plan Eólico en dichas zonas”. La Coordinadora considera una absoluta falta de respeto para el ciudadano el hecho de que el Consell establezca una normativa para el Plan Eólico, cuyos artículos son “intocables” para lo que le interesa y, sin embargo, permiten que se incumplan temas importantísimos como son los plazos de finalización de la ejecución de los parques.
El Comtat, 5 de febrero de 2009
Coordinadora d’Estudis Eòlics del Comtat
Telèfon: 676 60 50 50
Nombre: zona14.org (07/02/2009)